REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE
ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
DECANATO DE INVESTIGACIÓN,
EXTENSIÓN Y POSTGRADO
SAN JUAQUÍN DE TURMERO
DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN
EDUCACIÓN EN VALORES PARA
ADOLESCENTES PRIVADOS DE
LIBERTAD.
Doctorante: Félix Armando Jiménez
Umbría.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE
ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
DECANATO DE INVESTIGACIÓN,
EXTENSIÓN Y POSTGRADO
SAN JUAQUÍN DE TURMERO
DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN
Resumen
Las premisas
determinantes que causan o delimitan el proceso educativo, que contribuyen al fortalecimiento
de los principios y valores de los adolescentes
privados de libertad, con la participación del Estado, la escuela, y la
familia, son las que deben garantizar el desarrollo integral del niño, niña y
adolescente, como ser humano, según lo establecido en la normativa especial
vigente.
Palabras
Clave: Formación-
Principios-Valores- Proceso educativo.
Abstract
The crucial premises that cause or delimit the educational process,
contributing to the strengthening of the principles and values of adolescents
deprived of liberty, with the participation of the State, school, and family,
are which must ensure the comprehensive development of the child or adolescent,
as a human being, pursuant to special regulations in force.
Key words: Training - Principios-Valores. Training, educational process.
INTRODUCCIÓN
En Venezuela, debe señalarse que en el siglo XXI,
nuestro país está pasando por fases históricas que de alguna manera afectan la
educación, que reinciden en los niños, niñas y adolescentes, considerando que
nuestras realidades son muy diferentes a otras épocas, ya que las
circunstancias en la cuales se desarrollan las conductas de nuestros jóvenes, ha
venido aumentando en gran manera la delincuencia juvenil, por estas causas, ha disminuido
la formación de principios y valores.
Entonces, se ve afectada la familia por premisas, como
las económicas, sociales, morales, culturales, el ámbito geográfico en sus
distintos contextos. Cabe resaltar, en
los casos de situaciones como la severidad excesiva de los padres, que a través
del maltrato a los niños, niñas y
adolescentes, puede traer como
consecuencia la rebeldía.
El contexto social, donde se desenvuelve el niño,
niña y adolescente influye en su proceso de formación en aspectos positivos y
negativos. Existen familias disfuncionales, las cuales son las más vulnerables,
donde el modelaje de patrones de conductas por parte de los hijos e hijas, se
revela en conductas contrarias expresadas en otras instituciones como la
escuela, el liceo, la universidad, en los centros de trabajo o simplemente en
la comunidad. Los miembros de las familias disfuncionales son el nexo entre
esta y la sociedad, en tal sentido, muchas conductas anómalas son trasladadas
desde la familia a la sociedad, si hay violencia en ella, esta violencia se
puede reflejar en el trato que dispensa cualquier miembro de esa familia
disfuncional hacia otras personas ajenas a su hogar.
En este estudio servirá de guía la Teoría de las
fases psicosociales de Erick Erickson, porque Erickson en su teoría involucra
no solo los aspectos cognitivos, biológicos, o psíquicos, sino también recurre
a los factores sociales y los valores intrínsecos en el individuo y su grupo
familiar.
Por
consiguiente, los padres o representantes no asumen la responsabilidad en
fortalecer los principios y valores que le inculcan durante su desarrollo
integral como individuo. El contexto es importante porque puede fortalecer lo
aprendido en el hogar, pero también podría resquebrajar lo que se venía
construyendo en la educación del hogar, la escuela, entre otros. Otra manera
seria de los jóvenes es el círculo de amigos o compañeros
de estudio, quienes influyen para ser participes de
hechos delictivos, con la finalidad de ser aceptados por el grupo
Debe señalarse, que otro de los factores
importantes es el sistema educativo que desatiende su papel fundamental de
reforzar esos principios y valores que junto a la educación construye la
formación integral que orienta el comportamiento del futuro ciudadano.
Por otra
parte, plantear que en el transcurrir de los años el sistema de Justicia Penal
Venezolano, a realizado reformas a la Ley y Orgánica de Protección del Niño, Niña y
Adolescente (LOPNNA), con el fin de dar cumplimiento al principio tutelar de los niños, niñas y adolescentes, pero el legislador ha hecho reformas, es con el fin del aumento de las penas, sobre la sanción, mas no la reeducación del adolescente despues de haber cometido el hecho punible, en el cumplimiento de dar continuidad a sus derechos a la educacio´n, alimentacion, salud. entre otros, para su desarrollo integral como individuo. .
.
Dentro de
este orden de Ideas, en el Estado Aragua, existen centros socio-educativos para
adolescentes, como es el caso del Centro Privativo de Libertad “Simón
Rodríguez”, ubicado en la avenida Intersan, parte posterior de la fábrica
Sindoni, del sector del barrio San Carlos. Así mismo el tribunal de
Responsabilidad Penal de Adolescentes, una vez que determina la responsabilidad
de dichos adolescentes que han cometido un hecho punible, ordena el traslado a
dicho centro, para el cumplimiento de una de las medidas sancionatorias de las
establecidas en el artículo 620 de LOPPNA, en su literal (f), medida de privación de libertad, aunado a ello
dentro de esta medida, el artículo 621 de LOPNNA, deberá garantizarse su fin
primordial, la educación, con la participación de un equipo de especialistas y
la participación de la familia.
Desde la
perspectiva, la educación en valores es la que va a permitir el tratamiento
ideal, para su desarrollo integral de forma sistemática, una vez que ingresan a
los centros socio-educativos para adolescentes.
EL ADOLESCENTE
El adolescente en su proceso de crianza, se
encuentran bajo la responsabilidad del los padres en el proceso de formación,
ha sido resquebrajada, por muchos factores que influyen dentro de su
crecimiento para ser un buen ciudadano o ciudadano de nuestra sociedad
venezolana. Entre los factores sociales influye hoy en día el aspecto económico, como el empleo, que es el medio para
satisfacer las necesidades, de los niños y adolescentes, entre estos la salud,
la alimentación, la educación, el vestido, otra premisa de ellas es la ruptura
matrimonial de uno de los padres o cuando ha surgido, un abandono de hogar por
parte de sus representantes, también exista un conflicto penal de uno de los
mismos, a su vez, el estado está en la obligación garante, a través de los
entes del estado, los tribunales de
protección de niños, niñas y adolescentes, o los consejos de protección de
niños, niñas y adolescentes, en garantizar la protección a través de un régimen
de convivencia, o un equipo de especialistas, que permitirán la garantía
tutelar de estos, que ordenaran la responsabilidad a quien le sea pertinente,
la patria potestad de los niños o adolescentes, llámese abuelos, tíos, o a su
efecto una familia sustituta.
Es por eso que, el contexto o lugar donde se
desenvuelven los niños, niñas y adolescentes, bien sea en la escuela, el liceo,
universidad, son invitados por los amigos o amistades de su mismas edades
contemporáneas, a realizar actos ilícitos para demostrar que no tienen miedo, y
así ser aceptados al grupo de amigos, demostrándose evidentemente que la supervisión
y la responsabilidad de la enseñanza son los padres para con sus hijos, y es
importante la enseñanza, y practicar en casa la comunicación, el respeto, la
obediencia, y el discernimiento claro en sus hijos en diferenciar lo que son las malas y buenas acciones que
tendrán como consecuencia unos resultados positivos o negativos, para la toma
de una decisión correcta
De ello, Rodríguez (2014), se cita la teoría cognitiva de Ausubel, que se
focaliza en estudio de los procesos internos que conducen al aprendizaje, es
decir, se interesa por
los fenómenos y procesos internos
que ocurren en el individuo cuando aprende, como ingresa la
información a aprender, como se trasforma.
Esta teoría, considera al aprendizaje como un proceso en el cual cambian
las estructuras cognitivas, debido a su interacción con los factores del medio
ambiente. En el aprendizaje intervienen diversos factores que van desde el
medio en el que el ser humano se desenvuelve así como los valores y principios
que se aprenden en la familia y su entorno. Por ello, que todos aquellos
comportamientos que el adolescente presenta, adquieren o modifican habilidades,
destrezas, conocimientos y estos modelan la conducta y los valores como
resultado de la experiencia, el razonamiento y la observación.
Ahora bien,
los niños, niñas y adolescentes, deben ser orientados por los padres y
representantes, el docente o facilitador fortaleciendo de una manera positiva,
una adecuada formación en valores como el respeto, la solidaridad, la
obediencia a las autoridades, el amor al prójimo, entre otras; no solo en sus
hogares, sino también en los entes institucionales educativos, como escuela,
liceo, de lo contrario lastimosamente al no haber un seguimiento o un
acompañamiento hacia ellos, serán vulnerables ante la invitación de jóvenes de
sus mismas edades, en obtener por medio fácil los bienes materiales, desechando
lo aprendido, demostrando una carga de antivalores, bien sea por razones de carácter económicas o de carencias
afectivas.
Es por ello, que llegan a ser presa fácil de la delincuencia,
donde en su condición de adolescentes, creen que no tendrán responsabilidades,
ya que adolecen de entender, razonar y discernir las acciones ilícitas, como en los casos de cometer delitos.
CENTRO PRIVATIVO DE LIBERTAD “SIMÓN RODRIGUEZ”
Los Adolescentes que son procesados por los tribunales de responsabilidad penal en
adolescentes, son presentados ante este ente judicial con el fin de determinar
la responsabilidad en la participación de un hecho delictivo, son enviados al
centro privativo de libertad “Simón Rodríguez”, con el fin de cumplir su Sanción.
Para tales casos, en la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes (LOPNNA), en su última reforma del año 2015, indica un espectro de
medidas sancionatorias con contenido educativo, que tienden básicamente a la
formación integral del adolescente, entre ellas se encuentran las que contempla
la LOPNNA en el artículo 620, como: “a. Orientación verbal educativa, b.
Imposición de reglas de conducta, c. Servicios a la comunidad, d. Libertad
asistida, e. Semi-libertad, y f.
Privación de libertad”.
El sistema de responsabilidad penal, ejerce las
competencias referidas a la privación de libertad, consagrada en la LOPNNA, en
el artículo 628, de la siguiente manera:” Consiste en la restricción del
derecho fundamental de la libertad del o la adolescente en edad comprendida
entre catorce y menos de dieciocho años de edad, en un establecimiento público
o entidad de atención del cual sólo podrá salir por orden judicial o una vez
cumplida la sanción impuesta.”
De este modo, el centro privativo de libertad
“Simón Rodríguez”, la cual depende de la gobernación del Estado Aragua, este no
cuenta con un presupuesto anual suficiente, para cubrir las necesidades de
dicha institución, la realidad es que
lamentablemente hay la existencia de
debilidades, en la circunstancia de no
existir espacios acordes para el logro del desarrollo integral de la
capacitación educativa de cada adolescente, debido a que no cumplen las condiciones para un ambiente
educativo.
Sucede pues que, no hay docentes para su educación
en ninguno de sus niveles académicos, no hay médico para la atención de los
adolescentes, a la hora de una eventualidad en el área de la salud, el personal
de custodio no es un profesional conocedor con competencia en materia especial
en atención para adolescentes, violador de los derechos humanos y por ultimo no
hay la corresponsabilidad de los padres y representantes en coadyuvar en el
apoyo familiar en la implementación del programa de desarrollo integral del
adolescente sobre el apoyo familiar, ya que simplemente vienen a la hora de
visita, siempre y cuando estos tengan dinero para asistir a la visita, a veces
no asisten por motivos de factor tiempo o razones de no perder el empleo, o las
condiciones económicas no cubre para trasladarse de un lugar a otro, ya que la
mayoría de los padres y representantes viven, en municipios muy distantes, o en tales casos son de otros estados de
Venezuela.
Dentro de esta perspectiva, para garantizar el
desarrollo integral de formación educativa en valores para los adolescentes privados
de libertad, por lo que considero que el estado Venezolano, debería organizarse
para hacer la toma de este tipo de centro socio-educativo, y colocar a la orden
del Ministerio del Poder Popular de Servicios Penitenciarios (MPPSP), con
competencia en atención a privados de libertad, garantes del orden interno de los establecimientos penitenciarios, ejecutores
de las políticas públicas de planes que
ha preparado el Estado, con fin de garantizar que los reos después de haber
cumplido su pena, posteriormente estos sean reinsertados útil para la sociedad.
A su vez cuenta con un personal de custodio altamente calificado en la atención
de adolescentes privados de libertad, respetuoso de los derechos humanaos, en
ser garantes para la aplicación de los programas socio-educativos, para la formación
educativa en valores. Es importante resaltar que dicho ministerio, tiene el
control total en el resto del país, todos los centros socio-educativos, para
adolescentes privados de libertad.
Finalmente,
hoy más que nunca la función de la sanción penal de adolescente es un desafío,
pues ésta debe conjugar la necesidad de un estado de justicia ante el
incremento exponencial de la delincuencia en los últimos años, Gallardo,
(2010:23), señala: “la urgencia de una sanción que tenga contenido realmente
educativo y rehabilitador del ser social”,
este contenido debe estar enfocado en garantizar la posibilidad efectiva
de un futuro más humano y social para que la resocialización del sujeto. Es
importante tener en consideración que esta etapa de la juventud es fundamental
el desarrollo del ser humano, de la misma depende el futuro de la persona,
porque lo bueno o lo malo del comportamiento del hombre o de la mujer tiene su
cimiento fundamental en dicho periodo.
LA EDUCACION EN VALORES
La Educación
cumple una función modeladora, a través del reforzamiento del aprendizaje
acumulado en la familia, luego debe enseñar a través de la transmisión de todos
los conocimientos a las nuevas generaciones bajo las premisas del desarrollo y
un futuro de pleno derecho. Aquí la escuela tiene un papel primordial en
cohesionar a la sociedad que ostenta diferentes culturas para amoldarla por
medio de las diferentes funciones que debe cumplir el sistema educativo.
En el
sistema educativo venezolano están contemplados en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (1999), en su Artículo 102, y en la Ley
Orgánica de Educación (2009, LOE), los
principios que expresan que: “el sistema de educación tiene por objeto fijar el
pleno desarrollo de la personalidad, la formación de ciudadanos aptos para la
vida, el ejercicio de la democracia, el fenómeno de la cultura y el espíritu de
solidaridad humana”. Además de estos principios se considera a la educación
como un servicio público, con una función indeclinable del Estado y un derecho
permanente e irrenunciable de la persona.
De este modo, cuando el adolescente ingresa al
centro socio-educativo, debe ser incluido al programa de formación educativo,
tomando en cuenta el nivel académico de su último año escolar, debe cumplir un
horario de actividades deportivas, recreativas, capacitación socio-laboral, a
su vez opinar que se debe incluir la
formación en valores.
Los valores son cualidades, que posee ciertas cosas llamadas bienes, y que se
originan en la relación que se establece entre el sujeto valorante y el objeto valorado. Sin embargo, es
necesario reconocer la existencia de valores con respecto a los actos
representativos de la conducta humana, esencialmente de la conducta moral. Todo
acto humano implica la necesidad de elegir entre varios actos posibles, por
ende, hay selección, pues preferimos uno a otro acto, el cual se nos presenta
como un comportamiento más elevado moralmente.
Según Zambrano de Guerrero, A (2003): La persona
expresa su elegibilidad, mediante la captación de realidades éticas percibidas
del mundo exterior, a través de los sentidos genuinamente selectivo, que
siempre la realiza de diversos estímulos, aceptando solo aquellos, vinculados
con los esquemas sensorio-motrices y los esquemas que el ser humano a
construido o está en vías de construir.
No es menos cierto, sobre la importancia del cumplimiento
del programa socio-educativo, en mi opinión es coadyuvar al fortalecimiento de una
formación pedagógica educativa, con
estrategias didácticas que promuevan el respeto, la honestidad, la solidaridad,
el amor, el valor como ser humano, como el autoestima, la planificación de un proyecto
de vida, aprender cuales son los medios alternativos de resolución de conflicto,
talleres de capacitación sobre la comunicación asertiva y efectiva entre padres
e hijos, ya que el fin es garantizar la calidad humana del nuevo joven
restaurado para la vida. Es importante destacar
que en la praxis real, no se
cumple dicha programación, lo que se persigue es el desarrollo formativo en los
valores de cada adolescente, ya que estos provienen de diferentes familias de
las comunidades del Estado Aragua.
La mayoría de estos adolescentes vienen con una
formación de antivalores, por lo que estos se presentan o se asumen que están
en una condición de víctimas-victimarios, por los problemas multifactoriales en
que se ven involucrado cada adolescente, es por esto, que debería aplicarse
estos programas socio-educativos, y la sugerencia de la educación en valores
con los talleres de formación antes mencionados, ya que facilitaría en ellos,
primero en que estos adolescentes
reconozcan conscientemente el
error que cometieron, aunado a ello, con la ayuda de los especialistas: psicólogos,
abogados, médicos, custodio en su condición de maestro, profesores con niveles
académicos para su formación educativa.
LA
FAMILIA
El Factor
Familia, es el elemento más importante que posee una persona que carece de las
facultades suficientes para discernir, pues requiere de orientación y
aprendizaje. Por eso, la familia es el espacio fundamental para el desarrollo
integral de las personas que la integran, es el origen de todos los derechos y
garantías de los niños y adolescentes. Además es el inicio del aprendizaje de
los principios y valores que forman a la persona y lo hacen ciudadano de bien,
cuando estos principios y valores que son intrínsecos de la familia fallan por
alguna u otra circunstancia se fractura esa majestad de la función primitiva
que existe y se comienza al desvío de los comportamientos inadecuados convirtiéndose en la principal incidencia,
afectando la conducta por vicios.
La teoría del aprendizaje de Piaget (1982), señala
que: “el aprendizaje se produce de adentro hacia afuera, con la finalidad de
favorecer el crecimiento intelectual, afectivo y social del niño y
adolescente”. Teniendo en cuenta que ese crecimiento es el resultado de unos
procesos evolutivos naturales y trata de explicar el desarrollo y la formación
de los conocimientos al proceso central de la equilibrarían y en constante
superación, siendo un proceso constante que comparten dos funciones invariantes
como la organización y adaptación. Este crecimiento intelectual obtenido desde
el núcleo familiar es lo que el niño y el adolescente llevan a la escuela
siendo reforzado a través de la enseñanza.
CONCLUSIONES
Dentro de este marco, es rescatar el control social informal que se
origina desde la familia como espacio fundamental del desarrollo integral de
sus integrantes, y del sistema educativo porque representa el escenario
adecuado para poner en práctica los valores y principios orientados a formar
parte de una sociedad libre de la inseguridad ciudadana.
Es necesario que el Estado aplique procedimientos
especiales de prevención en materia de protección familiar, campañas educativas
de formación en valores a los niños, niñas y adolescentes de nuestras
comunidades. Asimismo los órganos administrativos en protección y defensa de los
derechos del Niño, niña y adolescentes establecidos en la norma especial
vigente, promuevan la creación de “Escuelas
para padres” en las escuelas, liceos, Universidades, en todas las
instituciones públicas, y empresas privadas con el fin de recibir una formación
educativa en valores con los niños, niñas y adolescentes, para consolidar las prácticas de los mismos, así evitar
situaciones futuras en las familias. Es por ello, que a veces no le damos
importancia por las razones siguientes: “No hay tiempo”, o “Me van a enseñar
como criar a mis hijos”, o un mecanismo de defensa manifestado en nuestra
sociedad venezolana: “LOS VALORES SE HAN
PERDIDO”.
Es comprender que el niño, niña y adolescente no es
un juguete sino un ser humano, que requiere de “AMOR”, desde el momento de su concepción, y es ejercer con toda
corresponsabilidad, padres representantes, docentes y cualquier otro miembro de
una comunidad o de nuestra sociedad venezolana, la practica de los valores
humanos, ya que es la esencia para la convivencia y la paz en tener futuros
ciudadanos o ciudadanas útiles para nuestro país, y erradicar “LOS VALORES SE HAN PERDIDO”.
Propiciar
un cambio de que el Ministerio del Poder Popular para los Servicios
Penitenciario (MPPSP), realice la toma del centro privativo de libertad “Simón
Rodríguez”, a su vez sea cambiado el nombre por “Instituciones de Educación Interna
en Adolescentes”, es decir, que tenga directamente una función educativa e
incluya formación educativa en valores no solo para los adolescentes que están
recluidos, sino también se promueva la creación de Escuela de formación en
Valores para padres y representantes de los adolescentes privados de Libertad,
cuando vienen a la hora de la visita, entender que el problema originario viene
de la “EDUCACION EN LA FAMILIA” . Así mismo capacitación para el trabajo a los adolescentes como forma
en contribuir a la reinserción social.
Proporcionar
e incorporar los recursos socio-educativos indispensables para que a través de
recursos pedagógicos disponibles coadyuven a la formación del adolescente, y no
sólo debe estar fundamentado en imponer una pena, sino que debe contribuir en
el diseño de una educación académica basada en valores, el trabajo, el
desarrollo personal de cada uno de ellos, es decir, se debe reestructurar de manera íntegra el elemento
de la sanción penal dentro de la legislación, en vista que la visión
establecida no ha tenido los resultados que se esperan en la sociedad.
REFERENCIAS
Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Gaceta Oficial N° 36860 (Extraordinario) 30 de diciembre de 1999,
con la 1ª enmienda 2 de febrero de 2009.
Erikson, Erik. (2000). El
ciclo vital completado. Barcelona: Ediciones Paidós Ibérica.
Gallardo, P. (2009), La Sanción Penal en los
Adolescentes y la Posibilidad de Transformación. Venezuela: Mc Graw Hill.
Ley Orgánica de Educación (2009). Gaceta Oficial N° 5.929 (Extraordinaria).
de fecha 15 de agosto de 2009.
Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2015). Gaceta Oficial N° 6.185 (Extraordinaria).
de fecha 8 de junio de 2015.
Piaget (1982), Teoría del Aprendizaje. 21°
ed. Reimpresa. Argentina: Vadell Hermanos.
Rodríguez,
M. (2014). La Teoría del Aprendizaje
Significativo de Ausubel. Artículo en línea. Tomado de:
http://cmc./papers/2004-290.pdf. Consultado el 04-08-2016.
Buenas noches Félix, tema álgido en tu abordaje.
ResponderEliminarExisten muchos puntos que pueden considerarse para no ofrecer ayuda a personas que han cometido delitos, especialmente si se les pregunta a las personas que han tenido serias afectaciones por este tipo de comportamientos antisociales.
Sin embargo, después de asumir actitudes de mucho altruismo con excepcionales niveles de empatía y misericordia se hacen planteamientos y acciones que involucren este tipo de emprendimiento, una felicitación personal por esa labor que ejecutas.
En función de eso te dejo esta frase, para que mantengas tu enfoque en sembrar en tierra que pareciera pérdida.
"No persigo cuerpos flexibles, sino mentes flexibles. lo que me interesa en cada persona es restaurar su dignidad humana." Feldenkrais
Félix. El tema de su investigación es altamente sensible, noble y más que necesario. Yo participé en un trabajo similar, pero a nivel universitario. Fue un aprendizaje integral. Le deseo mucho éxito.
ResponderEliminar